Centro de Estudios y Documentación de las Brigadas Internacionales

Se creó en 2012 gracias al acuerdo del Instituto de Estudios Albacetenses “Don Juan Manuel” (IEA), organismo autónomo de la Diputación Provincial de Albacete, y la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM). Con él se fundían dos iniciativas anteriores y se intensificaba la colaboración entre ambos organismos. El 22 de septiembre de 1989 se había fundado un Centro de Documentación de las

Brigadas Internacionales en el seno del IEA a propuesta del archivero Francisco Fuster Ruíz y del historiador Manuel Requena Gallego. Se intentaba potenciar los estudios referidos a las Brigadas Internacionales y reunir documentación de ellas. Y el 2 de octubre de 2003, casi tres lustros después y por acuerdo del Consejo de Gobierno de la UCLM, se creaba en su seno el Centro de Estudios y Documentación de las Brigadas Internacionales, que contó con la dirección del profesor Manuel Requena Gallego y la estimable labor, hasta su fallecimiento, de la profesora y archivera Rosa Sepúlveda Losa.

La función general del CEDOBI es ampliar el conocimiento científico sobre las Brigadas Internacionales y la última guerra civil española (1936-1939).

OBJETIVOS

1. La recuperación de las fuentes documentales y la realización de entrevistas orales en video a miembros de las Brigadas Internacionales, a familiares de éstos y a aquellas personas que tuvieran cualquier relación con ellos.

2. Facilitar la consulta de los archivos obteniendo la reproducción de documentación que se encuentra en poder de particulares o dispersa en distintos archivos y centros de documentación.

3. Promover la investigación a través de cursos de Doctorado, realización de seminarios y de la dirección de tesis doctorales.

4. La programación de congresos, cursos y conferencias.

5. Divulgación de lo que fueron las Brigadas Internacionales en el contexto de la Guerra Civil española a través de la colección “La Luz de la Memoría” que realizará publicaciones sobre este tema, a través del Servicio de Publicaciones de la Universidad de Castilla-La Mancha.

6. El conocimiento de lo que fueron las Brigadas Internacionales en el contexto de la Historia Contemporánea y más específicamente dentro de la Guerra Civil española, entre los alumnos de los distintos niveles de bachillerato ya que ha sido ésta una página de nuestra historia largamente ocultada y manipulada.

7. El establecimiento de vínculos de carácter cultural y científico con organizaciones dedicadas al estudio, divulgación y recuperación de la memoria de las Brigadas Internacionales de distintos países.

Albacete
La ciudad de Albacete fue sede de las Brigadas Internacionales durante la guerra civil española.
Cuartel - Mahora

Desde Albacete salieron hacia diversos pueblos de toda la provincia un gran número de brigadistas, donde se alojaron e instruyeron. Almansa, Casas Ibáñez, Fuentealbilla, La Roda, Madrigueras o Tarazona de la Mancha son algunos ejemplos de estas localidades que recibieron a los voluntarios internacionales.

ÓRGANOS DEL CEDOBI

  • Francisco Alía Miranda (Historiador, UCLM)
  • Antonio Selva Iniesta (Historiador, director del IEA)
  • Francisco Fuster Ruiz (fundador CDOBI y archivero, IEA)
  • Manuel Ortiz Heras (Historiador, UCLM)
  • Juan Sisinio Pérez Garzón (Historiador, UCLM)
  • Isidro Sánchez Sánchez (Historiador, IEA)
  • Antonio Selva Iniesta (Historiador, director del IEA)
  • Francisco Alía Miranda (Historiador, UCLM)
  • Luis Arroyo Zapatero (Rector honorífico de la UCLM)
  • Walther L. Bernecker (Historiador, Universität Erlangen-Nürnberg)
  • Jerónimo Boragina (Historiador, Mar de Plata)
  • Alfonso Botti (Historiador, Università degli studi di Modena e Reggio Emilia)
  • Justin Byrne (Historiador, Asociación de Amigos de las Brigadas Internacionales, Londres)
  • Julián Casanova Ruiz (Historiador, Universidad de Zaragoza)
  • Sussane Doetz (Historiadora de la Medicina, Berlín)
  • Geneviève Dreyfus-Armand (Historiadora, entonces directora de BDIC y Musée d’Histoire Contemporaine)
  • Matilde Eiroa San Francisco (Historiadora, Universidad Carlos III de Madrid)
  • Antonio Elorza Domínguez (Historiador, Universidad Complutense de Madrid)
  • Carlos Forcadell Álvarez (Historiador, Universidad de Zaragoza)
  • Nazario González González (Historiador, Universidad Autónoma de Barcelona)
  • Helen Graham (Historiadora, Royal Holloway -University of London-)
  • Santos Juliá Díaz (Historiador, UNED)
  • Ariel Mae Lambe (Historiadora, Columbia University)
  • Manuel-Reyes Mate Rupérez (Filósofo, CSIC)
  • Conxita Mir Curcó (Historiadora, Universitat de Lleida)
  • Carme Molinero Ruiz (Historiadora, Universitat Autònoma de Barcelona)
  • Javier Muguerza Carpintier (Filósofo, UNED)
  • Encarna Nicolás Marín (Historiadora, Universidad de Murcia)
  • Mirta Núñez Díaz-Balart (Historiadora, Universidad Complutense de Madrid)
  • Víctor Pina Tabío (Ingeniero aeronáutico e historiador de la Aviación, Sociedad Cubana de Historia de la Ciencia y la Tecnología)
  • Paul Preston (Historiador, London School of Economics, -University of London-)
  • Manuel Redero San Román (Historiador, Universidad de Salamanca)
  • Alberto Reig Tapia (Historiador, Universitat Rovira i Virgili de Tarragona)
  • Manuel Requena Gallego (Historiador, UCLM)
  • Javier Rioyo Jambrina (Director de cine)
  • Luis Fernando Rovetta Klyver (Profesor de Filosofía del Derecho, UCLM)
  • Antoni Segura i Mas (Historiador, Universitat de Barcelona)
  • Sven Tuytens (Corresponsal VRT Radio-Televisión Pública Flamenca en España)
  • Sandra Isabel Souto Kustrin (Historiadora, CSIC)
  • Enric Ucelay-Da Cal (Historiador, Universidad Pompeu Fabra)
  • Claudio Venza (Historiador, Università di Trieste)
  • Ángel Viñas Martín (Economista e historiador, Universidad Complutense de Madrid)
  • Julio Aróstegui Sánchez (Historiador. Fallecido el 28-1-2013)
  • Eric Hobsbawm (Historiador. Por su avanzada edad rechazó la invitación con pesar. Fallecido el 1-10-2012)
  • Adelina Kondratieva (Presidenta de AGE -Archivo, Guerra y Exilio-. Fallecida el 14-12-2012)
  • Lise Ricol London (Brigadista. Fallecida el 31-3-2012)
  • José María Massons Esplugas (Doctor y brigadista. Fallecido el 10-11-2012)
  • Ernesto Sabato Ferrari (Escritor. Fallecido el 30-4-2011)
  • José Saramago (Escritor. Fallecido el 18-6-2010)
  • Jorge Semprún Maura (Escritor y político. Fallecido el 7-6-2011)
  • George Sossenko (Brigadista. Fallecido el 14- 3-2013)
  • Gerold Gino F. Baumann (Historiador, Suiza)
  • Hans Landauer (Brigadista, Austria. Fallecido el 19-7-2014)
  • Juan Miguel de Mora (Brigadista. México. Fallecido el 19-3-2017)
  • Josep Fontana i Lázaro (Historiador, Universitat Pompeu Fabra. Fallecido el 28-8-2018)

Convenio IEA – UCLM

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE ESTUDIOS ALBACETENSES «DON JUAN MANUEL» Y LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, PARA LA CREACIÓN DEL CENTRO MIXTO DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACIÓN DE LAS BRIGADAS INTERNACIONALES
En Albacete, a 24 de febrero de 2012
INTERVIENEN

De una parte, el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Núñez Núñez, Presidente del Consejo Rector del Instituto de Estudios Albacetenses «Don Juan Manuel» (en lo sucesivo lEA), organismo autónomo de la Diputación Provincial de Albacete vinculado a la Confederación Española de Centros de Estudios Locales y por lo tanto al Consejo Superior de Investigaciones Científicas, en nombre y representación de dicha Institución y de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas. Y de otra, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel Collado Yurrita, Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha (en adelante UCLM), en nombre y representación de dicha Institución y de acuerdo con las atribuciones que tiene conferidas.

Las partes se reconocen entre sí con capacidad suficiente y poder bastante para obligarse en este Convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Que el lEA y la UCLM suscribieron un Convenio Marco de Colaboración, con fecha veintitrés de noviembre de dos mil siete, en el que se recoge el interés mutuo de promover programas de colaboración específicos.

Que con fecha 22 de septiembre de 1989 fue creado un Centro de Documentación dedicado a las Brigadas Internacionales en el seno del Instituto de Estudios Albacetenses.

Que, por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla- La Mancha de fecha 2 de octubre de 2003, fue creado el Centro de Estudios y Documentación de las Brigadas Internacionales (CEDOBI) de la Universidad de Castilla-La Mancha.

Que los dos Organismos consideran de interés para España, para la Comunidad de Castilla-La Mancha y para la provincia de Albacete, la creación de un Centro Mixto de Estudios y Documentación de las Brigadas Internacionales.
Por todo lo cual,

ACUERDAN

Suscribir el presente Convenio con arreglo a las siguientes. 

CLÁUSULAS
I. FINES Y OBJETIVOS

Primera. Por el presente Convenio, el lEA y la UCLM crean el Centro Mixto de Estudios y Documentación de las Brigadas Internacionales (CEDOBI), de titularidad compartida entre las dos Instituciones signatarias.

Segunda. La función general del CEDOBI es ampliar el conocimiento científico sobre las Brigadas Internacionales y la última guerra civil española.

Tercera. Los objetivos fundamentales del CEDOBI son:

  1. Recuperar fuentes orales y documentales referidas a las Brigadas Internacionales, en poder de particulares o dispersas en distintos archivos y centros de documentación.
  2. Facilitar la consulta de la documentación disponible a los usuarios que lo soliciten.
  3. Promover la investigación a través de cursos diversos, seminarios y tesis doctorales.
  4. Programar y llevar a cabo congresos, cursos y conferencias.
  5. Divulgar la cuestión histórica de las Brigadas Internacionales, en el contexto de la Guerra Civil española, mediante la edición de publicaciones en diferentes soportes.
  6. Difundir la historia de las Brigadas Internacionales, en el contexto de la Historia Contemporánea y más específicamente dentro de la Guerra Civil española, entre los alumnos de los distintos niveles educativos ya que ha sido ésta una página de nuestra historia largamente ocultada y manipulada.
  7. Establecer vínculos de carácter cultural y científico con organizaciones dedicadas al estudio, divulgación y recuperación de la memoria de las Brigadas Internacionales de distintos países.
  8. Elaborar y mantener una página de Internet dedicada al CEDOBI y las Brigadas Internacionales.
II. ESTRUCTURA

Cuarta. Para el logro de sus objetivos y el cumplimiento de sus funciones, el CEDOBI se podrá estructurar en Unidades de Investigación y de Servicio, buscando el máximo grado de mutua integración. La creación de estas unidades, en su caso, será competencia del Consejo Rector.

III. CONTRIBUCIONES DE LAS ENTIDADES SIGNATARIAS

Quinta. El lEA y la UCLM contribuirán a la constitución, funcionamiento y desarrollo del CEDOBI, mediante las aportaciones que a continuación se detallan:

A) Instituto de Estudios Albacetenses:

  • Los espacios necesarios para sede del CEDOBI, en el Antiguo Convento de la Encarnación, Centro Cultural «La Asunción». En ellos se constituirá la biblioteca del CEDOBI, con los diversos materiales procedentes de ambas Instituciones.
  • La adscripción del personal de plantilla del lEA, así como de cualquier otro personal que pudiera incorporarse en el futuro al lEA.
  • Diverso material bibliográfico, hemerográfico, fotográfico y audiovisual referido a las Brigadas Internacionales.
  • Diverso material de oficina y mobiliario de biblioteca para los diferentes materiales del CEDOBI, así como todo el que se pudiera adquirirse en el futuro.
  • El 50 por ciento del presupuesto que para el funcionamiento básico del CEDOBI se proponga anualmente por la Comisión Rectora, deducida la financiación que se obtenga de otras entidades y según sus previsiones presupuestarias.
B) Universidad de Castilla-La Mancha
  • Los espacios necesarios para sede del CEDOBI en el edificio Benjamín Palencia, del campus universitario de Albacete. En ellos funcionará el CEDOBI en todo lo relacionado con el mundo académico, las actividades de investigación y las relaciones nacionales e internacionales.
  • Diverso material bibliográfico, hemerográfico, fotográfico y audiovisual referido a las Brigadas Internacionales.
  • El 50 por ciento del presupuesto que para el funcionamiento básico del CEDOBI se proponga anualmente por la Comisión Rectora, deducida la financiación que se obtenga de otras entidades y según sus previsiones presupuestarias.

Sexta. El personal a que hace referencia la cláusula quinta del presente convenio, tanto el que se adscribe al centro en el momento de su creación como aquél que pudiera hacerlo en el futuro de acuerdo con lo estipulado, permanecerá integrado en las plantillas correspondientes a sus organismos e instituciones, manteniendo a todos los efectos su dependencia administrativa o laboral respecto de los mismos. Las adscripciones del personal procedente del CSIC, UCLM, JCCLM u otros organismos que en el futuro se incorporen al CEDOBI deberán ser informadas por la Comisión Rectora. Séptima. Las instituciones participantes no perderán la titularidad sobre los bienes y equipamiento aportados, que quedarán registrados a tal efecto en el inventario correspondiente. Cuando así proceda, las instituciones deberán arbitrar las correspondientes cesiones de uso de los mismos en función de lo que determine su propia normativa reguladora.El material inventariable adquirido con cargo a proyectos o programas quedará adscrito al CEDOBI y será inscrito en el inventario de la Institución a través de la cual se hubiera gestionado la adquisición. Sin perjuicio de lo anterior el CEDOBI mantendrá un registro en el que se inventaríe todo bien adscrito al mismo.

IV. ÓRGANOS DE GOBIERNO Y NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

Octava. Los órganos de gobierno del CEDOBI son de dos tipos:

  1. a) Colegiados: Comisión Rectora y Comité Asesor.
  2. b) Unipersonales: Directores y secretario

La composición, nombramiento y funciones de cada uno de estos, órganos se regirán por las disposiciones contenidas en el Reglamento de Régimen Interno del CEDOBI que se acompaña al presente convenio como Anexo I.

Novena. El CEDOBI elaborará anualmente una memoria de sus actividades documentales y científicas, que remitirá a las Instituciones signatarias de este Convenio.

Décima. Los proyectos de investigación presentados por investigadores del CEDOBI a convocatorias oficiales podrán cursarse indistintamente tanto a través del lEA como de la UCLM. Ambos organismos detraerán de los fondos concedidos el mismo porcentaje, cantidad que se destinará a cubrir gastos generales del CEDOBI. Como regla general el porcentaje aplicable será el establecido por la UCLM.

Undécima. En las publicaciones o cualquier otra forma de difusión de los resultados a que den lugar los trabajos de investigación desarrollados en el CEDOBI se deberá reconocer y hacer constar la participación de todos los investigadores que hayan intervenido en dichos trabajos, así como su pertenencia a la identidad que a cada uno corresponda.

En ellas figurará expresamente la referencia al Centro como a continuación se indica: «Centro de Estudios y Documentación de las Brigadas Internacionales (UCLM-IEA)».

V. PRESUPUESTO

Duodécima. El presupuesto básico de funcionamiento del CEDOBI tendrá un carácter funcional y único. La aprobación del presupuesto corresponde a las entidades signatarias a propuesta de la Comisión Rectora. Dicho presupuesto básico de funcionamiento recogerá los gastos corrientes de infraestructura del Centro e inversiones en libros y revistas u otros materiales inventariables.

Este presupuesto podrá financiarse con aportaciones recibidas para tal fin de otros Organismos o Entidades. La parte del presupuesto no financiada por dichas aportaciones será cubierta por el lEA y la UCLM según los porcentajes indicados en la cláusula quinta y de acuerdo con sus respectivas previsiones presupuestarias.

VI. DISOLUCIÓN DEL CENTRO MIXTO
Decimotercera. Si el Centro Mixto hubiera de disolverse, cada una de las instituciones partícipes designará un representante para la constitución de la correspondiente Comisión liquidadora, que deberá efectuar la distribución de los bienes de acuerdo con las siguientes normas:
  • El edificio e instalaciones a las que se hace referencia en la cláusula quinta A) seguirán perteneciendo al lEA.
  • El edificio e instalaciones a las que se hace referencia en la cláusula quinta B) seguirán perteneciendo a la UCLM.
  • El equipamiento científico y material inventariable adscritos al centro será reintegrado a la institución propietaria, salvo que ésta disponga otro destino.
  • El material adquirido conjuntamente se distribuirá, previo acuerdo, siguiendo criterios de proporcionalidad en cuanto a las respectivas aportaciones.
  • Los gastos originados por la reversión de los bienes serán de cuenta exclusiva de la parte que haya de recibirlos, salvo acuerdo en contrario.
  • Los fondos resultantes de la liquidación, en su caso, se distribuirán en proporción a la contribución de cada una de las instituciones cotitulares.
  • La comisión liquidadora será competente para resolver aquellas cuestiones no previstas en las normas precedentes, con arreglo a criterios de equidad.
  • La comisión liquidadora deberá finalizar sus trabajos en el plazo máximo de tres meses a partir de la fecha de su constitución.
VII. ENTRADA EN VIGOR. DURACIÓN y RESOLUCIÓN DEL CONVENIO

Decimocuarta. El presente convenio surtirá efecto a partir de la fecha de su firma y una vez ratificado por los respectivos órganos competentes de las Instituciones firmantes. Tendrá una vigencia de diez años, prorrogable automáticamente por periodos de igual duración.

Decimoquinta. No obstante lo dispuesto en la cláusula precedente, transcurridos los cinco primeros años de vigencia del Convenio, cualquiera de las partes podrá desvincularse del Centro, debiendo en tal caso formular denuncia escrita ante la otra entidad con una antelación mínima de seis meses a la fecha en que vaya a darse por finalizado este Convenio. En este caso, se aplicarán las normas previstas en la cláusula decimotercera, para el supuesto de disolución del Centro Mixto, a efectos de materializar la separación de la institución denunciante.

Decimosexta. Cláusula de Resolución. Serán causa de resolución del presente Convenio y consiguiente disolución del Centro Mixto las siguientes:

  • El acuerdo expreso y por escrito de las dos entidades cotitulares.
  • La denuncia del Convenio, según los términos previstos en la cláusula precedente, formulada por una de las Instituciones que constituyen el Centro.
  • El incumplimiento de las obligaciones que a cada parte corresponden.

Decimoséptima. Cláusula de litigios. Las cuestiones de litigio a que pueda dar lugar la interpretación y ejecución del presente Convenio serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman por cuadriplicado ejemplar y en todas sus hojas, en el lugar y la fecha consignados en el encabezamiento del presente documento.

Presidente del Consejo Rector del lEA                Rector de la UCLM


Fdo.: Francisco Javier Núñez Núñez                  Fdo.: Miguel Ángel Collado Yurrita

ANEXO 1
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CENTRO MIXTO DE DOCUMENTACIÓN DE LAS BRIGADAS INTERNACIONALES

De conformidad con lo establecido en el Convenio para su creación, el Centro Mixto de Estudios y Documentación de las Brigadas Internacionales -CEDOBI-, constituido por el Instituto de Estudios Albacetenses «Don Juan Manuel» -lEA- y la Universidad de Castilla-La Mancha -UCLM-, se regirá por el siguiente Reglamento de Régimen Interior, que se une al referido Convenio como Anexo I.

  1. La administración y la biblioteca del CEDOBI funcionará con el personal del lEA.
  2. El CEDOBI tendrá dos sedes, una en el edificio Benjamín Palencia, del campus universitario de Albacete (UCLM) y otra en la el Centro Cultural «La Asunción».
  3. Los órganos de gobierno del Centro son de dos tipos:
    • Colegiados: Comisión Rectora y Comité Asesor.
    • Unipersonales: Directores y secretario.
  4. Se establecerá una dirección compartida, con un miembro del lEA y otro de la UCLM.
  5. La Comisión Rectora estará formada por:
    • Tres representantes del lEA: El Presidente del Consejo Rector del lEA, quien podrá delegar en el director del lEA y dos miembros del lEA.
    • Tres representantes de la UCLM: El Rector, quien podrá delegar en el Delegado del Rector para el CEDOBI y dos profesores de la UCLM.
  6. Corresponderán a la Comisión Rectora las siguientes funciones:
    • Estudiar y aprobar en su caso el Proyecto de Presupuesto básico de funcionamiento del CEDOBI que será propuesto para su aprobación a las entidades signatarias.
    • Aprobar la Memoria anual de actividades del CEDOBI.
    • Estudiar y aprobar en su caso, las propuestas del Comité Asesor.
    • Emitir informe respecto a las propuestas que se le sometan para nombramientos de directores y secretario del CEDOBI.
    • Informar y elevar a los órganos competentes de las instituciones participantes en el convenio las propuestas que requieran su aprobación.
    • Apoyar al CEDOBI ante otras Instituciones y Entidades, a fin de conseguir lo necesario para el mejor funcionamiento y promoción del Centro.
    • Estudiar y, en su caso, aprobar la creación de Unidades de Investigación y Servicios.
  7. Los codirectores (dirección compartida) serán nombrados, de común acuerdo, por el Presidente del Consejo Rector del lEA y el Rector de la UCLM, a propuesta de la Comisión Rectora del Centro. El nombramiento de directores será por un periodo de cuatro años.
  8. Serán funciones de los directores:
    • Ostentar la representación del Centro en cuantas instancias sea necesario.
    • Dirigir, coordinar y supervisar todos los servicios y actividades del Centro, con independencia de las competencias reservadas a los investigadores principales en la dirección de sus respectivos proyectos de investigación.
    • Coordinar la ejecución del programa científico del Centro en el que se establezcan objetivos científicos a corto, medio y largo plazo.
    • Dirigir y supervisar el cumplimiento de las obligaciones por parte del personal del Centro.
    • Velar para que las instalaciones y medios del Centro sean las apropiadas para el eficaz desarrollo de las actividades dentro del mismo.
    • Velar por la correcta ejecución de los proyectos de investigación del Centro.
    • Ejecutar los acuerdos adoptados por los órganos colegiados del Centro.
    • Elaborar anualmente la memoria de actividades del Centro.
  9. El secretario será designado, de común acuerdo, por el Presidente del Consejo rector del lEA y el Rector de la UCLM a propuesta de los codirectores del CEDOBI previo informe de la Comisión Rectora.
  10. El Comité Asesor estará formado por personas expertas de reconocido prestigio, designada por el Presidente del Consejo rector del lEA y por el Rector de la UCLM a propuesta de la Comisión Rectora. Este Comité realizará una función de asesoramiento de cuestiones temáticas que guardan relación con los objetivos del CEDOBI. El Comité Asesor no adoptará resoluciones ni decisiones, pero podrá formular, dentro del ámbito de trabajo establecido por la Comisión Rectora, y para que éste las examine y apruebe, sugerencias para mejorar su actividad, así como propuestas de nuevos estudios o actividades dentro del ámbito de trabajo establecido por la citada Comisión.